Cinco cosas que debes saber sobre el refugio en Canadá
El refugio (también llamado “asilo”), es una de las muchas formas de inmigrar a Canadá de manera permanente, y estas son cinco cosas que debes de saber:
Hay dos tipos de aplicantes para refugio: “Convention Refugee”, sección 96 del “IRPA”, y “Person in need of Protection” sección 97 del “IRPA”. La primera, se relaciona con la convención de refugiados firmada en 1951 y a su protocolo, firmado en 1967, que define a los refugiados como personas que están fuera de Canadá, y que tienen un miedo fundado de persecución en su país de origen por cualquiera de las 5 bases: (“5 grounds of persecution”):
Raza
Religión
Nacionalidad
Opinión política
Participación en algún grupo social en particular
Por otro lado, las personas en necesidad de protección, son aquellas que están dentro de Canadá, y que, de regresar a su país, estarían en peligro fundado de tortura, o en riesgo de perder la vida o de sufrir castigos crueles o inusuales.
La calidad de aplicante de refugio (“Refugee Claimant”), no se concede a personas que tengan problemas económicos en su país, incluso pobreza extrema.
La decisión del “IRB Member” (el equivalente a un Juez), se basa en la evidencia presentada, pero, sobre todo, en la credibilidad del aplicante mediante su testimonio en la audiencia.
Los aplicantes para refugio reciben, normalmente dentro de las primeras 4 semanas, un permiso abierto para trabajar mientras esperan su audiencia, que puede ser hasta dos años después de haber llegado al país.
Cuando un caso de refugio se pierde, el aplicante puede optar por un programa distinto para quedarse en Canadá, como los estudios, siempre y cuando cumpla con los requisitos y haya sido un ciudadano ejemplar desde el día en que llegó al país.
Revisa las secciones 96 y 97 del “IRPA”:
https://laws-lois.justice.gc.ca/eng/acts/i-2.5/section-96.html
https://laws-lois.justice.gc.ca/eng/acts/i-2.5/section-97.html
Si quieres conocer tus posibilidades para inmigrar a Canadá, reserva una cita conmigo (te atiendo personalmente):
Un abrazo,
Ernesto Zoydo, RCIC - IRB
Consultor Migratorio Regulado por el Gobierno de Canadá, con especialización en tribunales (“Immigration and Refugee Board, IRB”)
Miembro de “The College of Immigration and Citizenship Consultants (CICC)” Licencia R709300
Miembro de “The Canadian Association of Professional Immigration Consultants (CAPIC)” Licencia R2117013
https://www.twitter.com/ernestozoydo
https://www.youtube.com/ernestozoydo